viernes, 21 de abril de 2017

Charla del centro de consumo del ayuntamiento de Alicante

A lo largo de esta entrada, se abordará la charla que tuvo lugar el lunes 10 de abril del 2017. Ésta fue impartida por Juan Carlos Victoria, trabajador de la Concejalía de Comercio, Mercado y Consumo.

En primer lugar, comenzó informando acerca de las dos líneas de actuación que llevan a cabo, éstas son: por un lado, actividades dirigidas a distintos niveles educativos, desde infantil a bachillerato, y por otro, actividades formativas para adultos.
Por lo que respecta a la primera línea de actuación, podemos situar los siguientes ejemplos: visitas al mercado, talleres de cocina saludables, jornadas en centros escolares, taller de higiene postural, taller de ejercicio físico, reparto de fruta, concurso de cocina saludable, títeres... 
En cuanto a la segunda línea de actuación, se proponen actividades en torno a tres grandes ítems: formación y educación, ocio formativo y cesión de las instalaciones. Esta última consiste que diversas asociaciones desarrollen sus propios programas, siendo temas relacionados con el consumo.


Posteriormente, abordó la información que se debe otorgar de los productos al consumidor final, podemos situar los siete derechos de los consumidores, éstos son:

Pero, ¿de dónde podemos conseguir la información del producto?
La finalidad principal de la publicidad es convencer al consumidor de adquirir un bien o servicio concreto. Trata de darnos información sobre la existencia o no de un producto, pero su influencia debería finalizar aquí, y de este modo, no guiarnos únicamente por aquello que aparece en los anuncios publicitarios, independientemente de si corresponden a la prensa escrita o digital, a la televisión, a la radio, etc. Se recomienda centrar la atención en el etiquetado y en el manual de instrucciones a la hora de tomar una decisión acerca de adquirir determinado producto, para así obtener una información más veraz que haga justicia al bien en cuestión.

La publicidad mueve a las personas, y en consecuencia, al mundo en general. Un ejemplo de lo que han logrado los publicistas, es la relación que se establece de la palabra "light" a un producto mejor, de una calidad mayor, y menos perjudicial para la salud. Pero, ¿siempre es cierto esto? A continuación, se examinará detalladamente el producto original, y el producto light, para comprobar si efectivamente acontece el beneficio asociado. Para ello, se ha seleccionado el colacao, un bien de uso diario en el día a día.
Ya se ha visto la diferencia existente en la composición de cada producto, ahora se pondrá la atención en la recomendación que hace la empresa del producto, y en las kcal en cada caso. 

Por lo que respecta al colacao normal, encontramos 361 kcal por cada 100 gr, mientras que en el colacao light, se sitúan 304 kcal por cada 100 gr. En este caso, la discrepancia es apenas notable, pero si ahondamos un poco más, podemos observar que en el colacao normal, se advierten 211 kcal por ración, y en el light, 103 kcal por ración. 
Como podemos observar, es una gran diferencia, pero ¿a qué se debe en realidad si cuando se trataba de 100 gr de producto en ambos casos apenas se encontraba diferencia? Efectivamente, esto se debe a la recomendación que hace la empresa del producto, puesto que en el colacao normal se sugiere ingerir una ración de 20 gr + 200 ml de leche, y en el light, 10 gr + 200 ml de leche desnatada.

Siguiendo la normativa, se puede llamar light a un producto que tenga un 33% menos de valor energético que el producto original, por ello, se hizo retirar de la venta el colacao light porque no cumplía este requisito.

En este momento de la charla, se planteó qué era una etiqueta y para qué resultan necesarias, llegando por tanto a las conclusiones que se muestran más abajo:

Tras esto, y para finalizar la charla, se concluyó con la información que debe aparecer en la etiqueta en función del tipo de producto. 

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